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A raíz de los cambios introducidos por el Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio, en el que desaparece la obligatoriedad del visado de algunos tipos de trabajos profesionales, y con objeto de mantener, entre otras cosas, la cobertura del seguro de responsabilidad civil profesional que recibían los colegiados por medio del visado, así como de aportarle valor añadido en su actividad, el COIAE ha desarrollado nuevos servicios voluntarios que en algunos casos pueden ser alternativos al del propio visado cuando éste no sea obligatorio y le puedan ser útiles en su ejercicio profesional.

 

El que un trabajo profesional no requiera visado no significa que el técnico profesional no sea responsable de sus errores / omisiones profesionales cometidos en el ejercicio de su actividad como ingeniero.

 

El que un técnico profesional trabaje como asalariado en una empresa no significa que no pueda terminar siendo responsable personalmente de un error profesional cometido.

 

El largo periodo que disponen los perjudicados para reclamar hace necesario seguir contando con una cobertura aseguradora a largo plazo. La progresiva judicialización de los incidentes hace necesario contar con expertos en la materia para la correcta defensa / tramitación. La responsabilidad es ilimitada por lo que necesitamos proteger el patrimonio.

 

El riesgo es una constante en nuestra vida, que nunca debemos olvidar y jamás pensar que nosotros estamos libres de lo que con más frecuencia de lo que pensamos, les está sucediendo a los demás.

 

Convivir con el riesgo es respetarlo, valorarlo y afrontarlo en todas sus consecuencias, adoptando las medidas que sean necesarias para su minimización.

 

La transferencia de riesgos es por último una posibilidad que debemos tener en cuenta para garantizar por las oportunidades del mercado, la continuidad de nuestra empresa o de nuestro proyecto personal de vida.

Estos servicios se pueden encontrar en el  siguiente enlace:

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